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derecho canónico

Vie 31 Jul 2026

Iglesia en Colombia fortalece respuesta de sus tribunales eclesiásticos a desafíos jurídicos y pastorales

La VIII Jornada de Actualización en Derecho Canónico Matrimonial y Penal reunió a cerca de 170 operadores de justicia de 50 jurisdicciones eclesiásticas de Colombia, junto con delegaciones de Perú, Ecuador y Venezuela. El encuentro fortaleció la formación permanente de quienes sirven en los tribunales eclesiásticos y reafirmó que la administración de justicia en la Iglesia constituye una auténtica acción pastoral al servicio de las personas, las familias y la misión evangelizadora.La justicia en la Iglesia no se limita a la aplicación de normas o a la resolución de procesos jurídicos. Su razón de ser es servir al Pueblo de Dios, proteger los derechos de los fieles y acompañar, con verdad, justicia y caridad, las diversas realidades humanas que se presentan en la vida eclesial. Con esa convicción se desarrolló la VIII Jornada de Actualización en Derecho Canónico Matrimonial y Penal, un espacio de formación que reunió en Bogotá a cerca de 170 operadores de justicia de Colombia y otros países de la región.Organizada por el Tribunal Eclesiástico de Apelación para Colombia, en alianza con la Conferencia Episcopal de Colombia (CEC) y la Pontificia Universidad Javeriana, la jornada convocó a vicarios judiciales, jueces, defensores del vínculo, promotores de justicia, notarios, abogados y demás colaboradores de los tribunales eclesiásticos de 50 jurisdicciones de Colombia, así como a representantes de Perú, Ecuador y Venezuela.El encuentro fue promovido por el Tribunal Eclesiástico de Apelación para Colombia, organismo constituido por la Santa Sede en 1967 y en funcionamiento desde 1970, que conoce las apelaciones provenientes de la mayoría de los tribunales eclesiásticos del país y tiene, entre sus responsabilidades, favorecer la unidad de la jurisprudencia canónica y fortalecer la formación permanente de quienes administran la justicia en la Iglesia.El Derecho Canónico, un servicio para la vida de la IglesiaUno de los mensajes centrales de la jornada fue redescubrir el verdadero sentido del Derecho Canónico. Lejos de constituir únicamente un conjunto de normas, representa un instrumento indispensable para ordenar la vida eclesial, proteger los derechos de los fieles y favorecer el cumplimiento de la misión que Cristo confió a la Iglesia.Así lo explicó monseñor Marco Antonio Merchán Ladino, obispo de Neiva y presidente del Tribunal Eclesiástico de Apelación para Colombia, al establecer un paralelo entre el derecho civil y el derecho canónico.Mientras el primero busca garantizar el bien común dentro de la sociedad, el segundo cumple esa misma función en la vida de la Iglesia, aunque con un horizonte propio: contribuir a su misión evangelizadora y al bien espiritual de los fieles."El derecho civil busca el bien común de la sociedad. El Derecho Canónico también busca el bien común, pero orientado a la misión propia de la Iglesia."El prelado recordó, además, que el propio Código de Derecho Canónico establece el fin último de toda la actividad jurídica eclesial."El último de los cánones dice cuál es la finalidad de todo el derecho: la salvación de las almas. El derecho nos ayuda a entender lo que mínimamente debemos hacer; después viene la caridad, que nos lleva mucho más allá."Desde esta perspectiva, explicó que la administración de la justicia eclesiástica constituye un verdadero servicio pastoral, pues busca que las decisiones jurídicas contribuyan siempre al bien de las personas, de las familias y de toda la comunidad eclesial.Una justicia que también es pastoralEse mismo horizonte fue desarrollado por monseñor Felipe Heredia Esteban, prelado auditor del Tribunal Apostólico de la Rota Romana y principal conferencista de la jornada, quien compartió con los participantes la experiencia del máximo tribunal ordinario de apelación de la Santa Sede.Durante sus intervenciones insistió en que la actividad judicial de la Iglesia no puede entenderse separada de su acción evangelizadora."Todo lo que es judicial es pastoral y todo lo que aquí se ha hecho tiene una repercusión pastoral inmediata en la vida de los fieles, en la vida de las familias y de los clérigos."Su reflexión permitió comprender que cada proceso canónico involucra historias concretas de personas que esperan ser escuchadas, acompañadas y atendidas con justicia, pero también con sensibilidad pastoral. En este sentido, la aplicación del Derecho Canónico no se reduce al cumplimiento de procedimientos, sino que busca ofrecer respuestas que protejan la dignidad de las personas y contribuyan a la comunión eclesial.La presencia de un auditor de la Rota Romana permitió además acercar a los participantes a la jurisprudencia más reciente de la Santa Sede y dialogar sobre su aplicación en las Iglesias particulares, favoreciendo una mayor armonía en la administración de la justicia eclesiástica.Formarse para responder a los desafíos del presenteLas conferencias y espacios de diálogo abordaron algunos de los principales desafíos que hoy enfrenta la justicia canónica: las causas de nulidad matrimonial, el Derecho Penal Canónico, la protección de menores y personas vulnerables, la atención a las víctimas, la evolución de la jurisprudencia y otros aspectos que interpelan diariamente el trabajo de los tribunales eclesiásticos.Para el padre Omar Enrique Cristancho Gómez, vicario judicial del Tribunal Eclesiástico de Apelación para Colombia, esta actualización permanente resulta indispensable para que el Derecho Canónico responda a las nuevas realidades sociales y eclesiales."Queremos que el Derecho Canónico sea visto como una realidad cercana a la vida del hombre de hoy y de la familia. Desde el derecho podemos iluminar aquellos contextos donde la vida matrimonial enfrenta grandes desafíos."Asimismo, destacó que estos espacios favorecen el intercambio de experiencias entre los distintos tribunales y fortalecen el servicio que la Iglesia presta en todo el país.Una experiencia de comunión al servicio del Pueblo de DiosOtro de los aspectos destacados durante la jornada fue el intercambio de experiencias entre operadores de justicia provenientes de distintas regiones y países.Monseñor Felipe Heredia subrayó que este diálogo constituye una expresión concreta de la sinodalidad promovida por la Iglesia."Este encuentro ha sido muy beneficioso porque, en realidad, esto es la sinodalidad: el intercambio de experiencias y de conocimientos al servicio del Pueblo de Dios."Esa valoración fue compartida por los participantes. María Fernanda Lugo Caicedo, abogada de la Diócesis de Chiquinquirá, destacó que los contenidos abordados responden directamente a las necesidades actuales de las Iglesias particulares."Son temas importantes y demasiado actuales para nuestras realidades. Me llevo herramientas para fortalecer la cultura del cuidado y seguir acompañando mejor a mi diócesis."Por su parte, Rosario Carvajal Arizmendi, presidenta del Colegio de Canonistas de Colombia, y el abogado Daniel Chamorro coincidieron en que la jornada fortaleció tanto la actualización jurídica como la comunión entre quienes sirven en los tribunales eclesiásticos.Una formación que fortalece la misión evangelizadoraMás allá de los conocimientos técnicos adquiridos, la VIII Jornada de Actualización en Derecho Canónico Matrimonial y Penal dejó una convicción compartida: la administración de la justicia eclesiástica constituye una dimensión esencial de la misión pastoral de la Iglesia. Por ello, la formación permanente de quienes ejercen este servicio no solo fortalece el trabajo de los tribunales eclesiásticos, sino que redunda en una mejor atención a las personas que acuden a la Iglesia buscando verdad, discernimiento y justicia.Vea a continuación el informe audiovisual con los momentos y testimonios más destacados:

Mié 27 Abr 2022

Nueva Carta Apostólica sobre sanciones a religiosos que cometen delitos graves

El Papa Francisco modificó el Código de Derecho Canónico para indicar a los superiores de congregaciones religiosas cómo actuar en el caso de que uno de sus miembros cometa algún delito, como el de abusos a menores y personas vulnerables. El Santo Padre promulgó este 26 de abril el motu proprio “Recognitum Librum VI” que modifica el canon 695 §1 del Código de Derecho Canónico. El documento publicado en latín y traducido en lengua italiana recuerda que el 1 de junio de 2021, con la constitución apostólica Pascite gregem Dei se promulgó el Libro VI del Código de Derecho Canónico, De sanctionibus poenalibus in Ecclesia. En este libro, se explica que “se han tipificado de forma diferente algunos delitos”, mientras “otros nuevos se han introducido” y, además, “ha cambiado también la sucesión de los cánones”. Y se indica que esto requiere una modificación para garantizar la concordancia con los cánones de otros Libros del Código. Después de consultar al Consejo Pontificio para los Textos Legislativos y a la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, el Papa Francisco cambió el texto del canon 695 § 1 de la siguiente manera: “Un religioso debe ser destituido de un instituto por los delitos mencionados en los cánones 1395, 1397 y 1398, a menos que, en el caso de los delitos mencionados en los cánones 1395 §§2-3 y 1398 §1, el superior mayor considere que la dimisión no sea totalmente necesaria y que se pueda proveer de otro modo tanto a la corrección del religioso como a la reintegración de la justicia, o a la reparación del escándalo”. El canon 1395 se refiere a delitos de clérigos contra el sexto mandamiento e indica que, si el delito ha provocado escándalo y “se ha cometido públicamente, debe ser castigado con penas justas, sin excluir la expulsión del estado clerical cuando el caso lo requiera”. Además, menciona el caso del clérigo cuando “con violencia, amenazas o abuso de su autoridad, comete un delito contra el sexto mandamiento del Decálogo u obliga a alguien a realizar o sufrir actos sexuales”. El canon 1397 subraya también los casos en que el clérigo “comete homicidio, o rapta o retiene a un ser humano con violencia o fraude, o lo mutila o lo hiere gravemente, debe ser castigado, según la gravedad del delito”, así como también quien ha procurado “el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae”. El canon 1398 se refiere al “delito contra el sexto mandamiento del Decálogo con un menor o con una persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón o a la que el derecho reconoce igual tutela”, así como también el caso en el que “obtiene, conserva, exhibe o divulga, de cualquier modo y por cualquier medio, imágenes pornográficas de menores o de personas que habitualmente tienen un uso imperfecto de la razón”. Antecedentes La Constitución Apostólica Pascite gregem dei (Apacentad la grey de Dios) fue firmada por el Santo Padre en la Solemnidad de Pentecostés, 23 de mayo de 2021 y difundida por el Vaticano el 1 de junio de 2021. En este texto, el Papa Francisco reformó el libro VI del Código de Derecho Canónico con la Constitución Apostólica Pascite gregem dei que abarca “algunos aspectos fundamentales del derecho penal, como por ejemplo el derecho a la defensa, la prescripción de la acción criminal y penal, una más clara determinación de las penas” para ofrecer “criterios objetivos a la hora de individuar la sanción más adecuada para aplicar en cada caso concreto”. Además, el Pontífice estableció que el nuevo libro entrara en vigor el 8 de diciembre de 2021 y que quedara abrogado el vigente Libro VI del Código de Derecho Canónico del año 1983. Asimismo, en la constitución apostólica, el Santo Padre destacó que “para responder adecuadamente a las exigencias de la Iglesia en todo el mundo, resultaba evidente la necesidad de revisar también la disciplina penal promulgada por San Juan Pablo II, el 25 de enero de 1983, con el Código de Derecho Canónico”. “Era necesario modificarla de modo que permitiera su empleo a los pastores como ágil instrumento saludable y correctivo, y que pudiese ser usado a tiempo y con caritas pastoralis, a fin de prevenir males mayores y de sanar las heridas causadas por la debilidad humana”, dijo el Papa Francisco. Por su parte, en 2007 el Papa Benedicto XVI “encomendó́ al Pontificio Consejo para los Textos Legislativos la tarea de emprender la revisión de la normativa penal contenida en el Código de 1983”. En esta línea, este Pontificio Consejo se dedicó a “analizar concretamente las nuevas exigencias, a identificar los límites y las carencias de la legislación vigente y a determinar posibles soluciones, claras y sencillas” y agregó que este estudio se ha realizado “en espíritu de colegialidad y de colaboración, solicitando la intervención de expertos y de pastores, y confrontando las posibles soluciones con las exigencias y la cultura de las diversas Iglesias locales”. Tras la redacción de un primer borrador del nuevo Libro VI del Código de Derecho Canónico, fue enviado a todas las conferencias episcopales, a los dicasterios de la Curia Romana, a los superiores mayores de los institutos religiosos, a las facultades de Derecho Canónico y a otras instituciones eclesiásticas, para recoger sus observaciones. Hasta el momento, de los 89 cánones que forman parte del Libro VI, se han modificado 64, se han cambiado de lugar 9 y se han dejado con la redacción y en la ubicación original 17. Entre las novedades del nuevo Libro VI se incluye el concepto de vigilancia, que no estaba en la redacción anterior. Se han recuperado algunas tipologías de delito presentes en el Código de 1917 y que no se incluyeron en el de 1983, como la corrupción en actos de oficio, la administración de sacramentos a personas que tienen prohibido recibirlos, o la ocultación de irregularidades. Asimismo, se le da una nueva dimensión al delito de abusos a menores al encuadrarlo en los delitos cometidos contra la dignidad de la persona en vez de en los delitos contra las obligaciones especiales del clero. Además, se han incorporado nuevos tipos de delito, como la violación del secreto pontificio, la omisión de la obligación de dar cumplimiento a una sentencia o decreto penal, o el abandono ilegítimo del ministerio. También se ha prestado especial atención a la tipificación de los delitos económicos, como la transferencia de bienes eclesiásticos sin las necesarias consultas, delitos patrimoniales cometidos por mala gestión, o la malversación. [icon class='fa fa-download fa-2x'] Motu proprio “Recognitum Librum VI”[/icon] Fuente: Agencia católica ACIPRENSA

Vie 19 Jul 2019

Reconciliar el ámbito jurídico y pastoral: desafío en el proceso de nulidad matrimonial

Esta fue una de las conclusiones y proyección para el trabajo en los Tribunales Eclesiásticos del país, tras cinco días de estudio y reflexión en torno a la implementación del Motu Proprio ‘Mitis Iudex Dominus Iesus’ (MIDI), sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad del matrimonio en el código de derecho canónico. “El interés fundamental es el de servir a los fieles, a los miembros de nuestra Iglesia, a aquellas personas que se encuentran en esas dificultades matrimoniales y quieren arreglar su situación con Dios, con la Iglesia, con el mundo y con la sociedad”, explicó monseñor Héctor Cubillos Peña, obispo de la Diócesis de Zipaquirá. En este sentido, agregó, “la acción y el servicio de los Tribunales es ayudar para que las parejas puedan encontrar el camino de sus propias vidas, en ningún momento son una oposición, al sacramento del matrimonio, a la vocación al amor y a la vida familiar”. Durante la jornada, orientada por expertos nacionales e internacionales, se abordaron, entre diversas temáticas: las características del proceso ordinario y del nuevo proceso de anulación de matrimonio; las novedades del MIDI; el rol del obispo y del párroco en la justicia diocesana en referencia a este proceso; elementos eclesiológicos; la inmadurez afectiva y los procesos de apelación en Colombia. Como principales desafíos para la implementación efectiva de la reforma, el padre Marcelo Gidi, catedrático de la Pontificia Universidad Gregoriana de Roma, identificó tres aspectos: “En primera instancia, es fundamental que existan operadores de justicia en la Iglesia preparados y formados. No solo se requiere el voluntariado, sino el ejercicio de competencia, el ejercicio deontológico, porque tiene que hacerse cargo de una situación tan sagrada como es un matrimonio y, sobre todo, una situación tan sagrada como es una situación de una familia que se ha visto rota por un fracaso. El segundo desafío es garantizar que la administración en la Iglesia sea pensada por la verdad, por la caridad y por la justicia. No solamente para aquellos que tengan interés, ni para aquellos que tienen recurso (…) Esta reforma dice que ojalá en todas las parroquias existan personas u oficinas para acoger e informar cuál es su situación eclesial para ayudarla y acompañarla en el procedimiento de nulidad, si es que esa historia tiene un fundamento para el procedimiento eclesiástico de nulidad. Finalmente, el padre Marcelo, dijo que “lo importante es que creamos en el matrimonio, en la familia, este es otro elemento importante para ejecutar esta ley de declaración de nulidad, por eso la justicia tiene que defender también el verdadero matrimonio y la familia”. Este V Encuentro Nacional de Derecho Canónico organizado por Tribunal Eclesiástico de Apelación para Colombia, contó con la participaron de obispo, sacerdotes, religiosos y laicos, vinculados a los cerca de 53 Tribunales Eclesiásticos existentes en el país.

Lun 27 Mayo 2019

"Nuevos procesos de nulidad matrimonial"

Este será el tema de reflexión que acompañará la V Jornada de Estudios Canónicos, a realizarse en la ciudad de Bogotá del 15 al 19 de julio, evento organizado por el Tribunal Eclesiástico de Apelación para Colombia. Será un espacio para profundizar en la correcta aplicación de las normas del Motu Proprio «Mitis Iudex Dominus Iesus», relativo a la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad matrimonial en el Derecho Canónico. Se contará con un invitado especial, se trata del padre Marcelo Gidi Thumala, sacerdote Jesuita chileno, licenciado y doctor en Derecho Canónico por la Pontificia Universidad Gregoriana. El padre Omar Enrique Cristancho Gómez, Vicario Judicial del Tribunal Nacional de apelación para Colombia, recordó que a partir de diciembre de 2015 el Papa Francisco renovó el procedimiento para anular el matrimonio, desde entonces este Tribunal ha tenido la tarea de revisar los procesos que estaban vigentes al día de hoy en Colombia, de ahí la importancia de realizar este encuentro de actualización. “Queremos a través de esta jornada precisar términos y procesos de cómo se debe implementar la reforma judicial dada por el Santo Padre y que se tenga la homogeneidad necesaria entre los 41 Tribunales Diocesanos que existen actualmente en el país. Este espacio de formación se realizará en la sede de la Conferencia Episcopal de Colombia (Cra. 58 No. 80-87) y estará dirigido para obispos, defensores del vínculo, abogados, protectores de justicia, vicarios de pastoral y encargados de los Tribunales Diocesanos. Para mayores informes puede contactarse a través del correo electró[email protected] o llamar alTel: (031) 510 21 81

Lun 21 Nov 2016

Iglesia en Cali realizó jornada de actualización en Derecho Canónico

Con la participación de más de 121 representantes a nivel nacional e internacional, se llevó a cabo en la ciudad de Cali la jornada de actualización en Derecho Canónico, espacio guiado con la carta Apostólica "Motu Proprio" Mitis Iudex Dominus Iesus, sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad matrimonial. Monseñor Luis Fernando Rodríguez Velásquez, obispo auxiliar de Cali, compartió las experiencias significativas de los pasos que se han dado en Colombia para la implementación de esta nueva normativa, basadas en las orientaciones ofrecidas por la Conferencia Episcopal y algunas jurisdicciones eclesiásticas. Otros temas tratados durante la Jornada: El iter histórico y procesal del Mitis, la aplicación de las innovaciones, el proceso más breve, el ejercicio de la potestad judicial por parte de los Obispos y las nuevas estructuras judiciales como los tribunales y los jueces únicos. Finalmente, se trabajó lo relacionado con los procesos de delitos de abuso de menores en la etapa de investigación previa y la fase instructora, a cargo de monseñor Luis Manuel Alí Herrera, obispo auxiliar de Bogotá. A este espacio de formación y actualización participaron obispos, presbíteros, laicos permanentes y laicos, vinculados a los tribunales eclesiásticos como vicarios judiciales, jueces, abogados y notarios, de 41 jurisdicciones colombianas y 25 provenientes de diócesis de Argentina, México, Orlando, Guatemala, Nicaragua y Panamá.