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exorcismo y liberación

Mar 29 Sep 2026

Liberar y cuidar: Iglesia en Colombia profundiza sobre nuevos criterios para el Ministerio del Exorcismo

El tercer curso nacional de formación para exorcistas reunió en Bogotá a sacerdotes y delegados de distintas regiones para profundizar en protocolos, criterios de discernimiento y prácticas pastorales orientadas a proteger la dignidad de las personas atendidas.En Colombia, el Ministerio del Exorcismo avanza hacia una práctica pastoral cada vez más consciente de la responsabilidad que implica acompañar a personas que atraviesan situaciones de especial vulnerabilidad. Esta fue una de las principales conclusiones del tercer curso nacional de formación para exorcistas, organizado por la Comisión Episcopal y el Departamento de Doctrina de la Conferencia Episcopal de Colombia, bajo el lema “Liberar y Cuidar: El Ministerio del Exorcismo desde la Cultura del Cuidado”.El encuentro, que contó con la participación de cerca de 80 representantes de distintas jurisdicciones eclesiásticas del país y con aportes de expertos nacionales e internacionales, dio continuidad a los dos cursos anteriores, centrados en “Exorcismo y oración de liberación” y “Discernimiento y espiritualidad, pilares del sacerdote exorcista y su equipo”. En esta tercera edición, la reflexión se concentró en cómo incorporar de manera concreta la cultura del cuidado, la normativa eclesial y criterios de actuación responsable en este ministerio.“La figura del exorcista la debemos no solo valorar, sino también cuidar”, señaló monseñor José Mauricio Vélez García, obispo auxiliar de Medellín y presidente de la Comisión Episcopal de Doctrina de la CEC, al explicar que se trata de un servicio que requiere formación, discernimiento, oración y comunión con el obispo. El prelado recordó que el exorcismo es un sacramental de la Iglesia y que su ejercicio corresponde al sacerdote que ha recibido legítimamente este encargo de parte del obispo.El cuidado de la persona, en el centroUno de los principales énfasis del curso fue la necesidad de que quienes ejercen o acompañan este ministerio tengan claridad sobre los riesgos de generar nuevas afectaciones en personas que ya llegan a la Iglesia en condiciones de fragilidad. El padre Iván José Ruiz Vidal, delegado para el Ministerio del Exorcismo de la Arquidiócesis de Cartagena, destacó este desafío: “En la medida en que nosotros adoptamos el cuidado dentro de nuestro ministerio, pues evitamos entrar en revictimización”.Desde esta perspectiva, el cuidado no se planteó como un elemento adicional al ejercicio del exorcismo, sino como un criterio transversal que debe orientar la relación con quienes solicitan acompañamiento. Esto implica respetar su dignidad, intimidad y libertad; ofrecer una escucha adecuada; evitar actuaciones que puedan producir nuevas heridas y reconocer cuándo una situación requiere la intervención o el acompañamiento de otros profesionales.El padre Gabriel Londoño Sepúlveda, sacerdote exorcista de la Arquidiócesis de Bogotá, sintetizó este enfoque en dos direcciones: el cuidado del ministro hacia las personas que atiende y el cuidado de quienes acuden a él en el ejercicio de su ministerio. Para ello, subrayó la importancia de actuar desde la verdad, el amor, una recta doctrina, la escucha y el acompañamiento pastoral.Discernir antes de intervenirOtro de los aprendizajes centrales fue la necesidad de fortalecer el discernimiento. Las reflexiones abordaron la importancia de evitar atribuciones apresuradas de carácter espiritual frente a situaciones que pueden tener dimensiones psicológicas, psiquiátricas, médicas o sociales.Monseñor José Mauricio Vélez insistió en que el sacerdote exorcista debe contar con criterios suficientes para distinguir las distintas realidades que pueden estar presentes en una persona que solicita ayuda. De ahí la importancia de una formación que permita conjugar la dimensión espiritual con las herramientas provenientes de otras disciplinas.En la misma línea, las ponencias sobre los criterios para el discernimiento de la acción extraordinaria del maligno, las directrices para el ministerio del exorcismo y los posibles abusos en el uso del ritual profundizaron en la necesidad de actuar con prudencia, rigor teológico, formación, oración y trabajo interdisciplinario.El curso también abordó situaciones relacionadas con prácticas de ocultismo y algunas terapias alternativas, planteando la prevención y la formación de las comunidades como herramientas necesarias para que los fieles puedan desarrollar criterios de discernimiento frente a las distintas propuestas espirituales que encuentran en la sociedad contemporánea.Prevenir abusos y fortalecer la responsabilidadLa cultura del cuidado también llevó a revisar posibles formas de abuso en el ejercicio del ministerio, incluidos aquellos que pueden surgir por desconocimiento, actuaciones inadecuadas o interpretaciones erróneas del ritual.Monseñor Rubens Miraglia Zani, exorcista de la Diócesis de Bauru, en Brasil, uno de los conferencistas internacionales del encuentro, llamó la atención sobre la necesidad de fortalecer la vigilancia episcopal y la formación de quienes participan en este servicio. También recordó que no toda persona que se presenta como exorcista cuenta con la autorización eclesial para ejercer este ministerio.De acuerdo con el sacerdote brasileño, esta claridad resulta particularmente relevante en contextos en los que personas que buscan una respuesta inmediata frente a situaciones de sufrimiento pueden quedar expuestas a prácticas que no corresponden al ejercicio legítimo del ministerio de la Iglesia.“No hacemos de nombre propio sino en nombre de la Iglesia y, por lo tanto, hay que seguir lo que nos pide la misma Iglesia”, afirmó el sacerdote brasileño.En este sentido, monseñor Vélez recordó también que el exorcista es un sacerdote nombrado por el obispo y que los fieles pueden acudir a sus respectivas jurisdicciones eclesiásticas para conocer quién ha recibido este encargo. Esta claridad busca favorecer el orden pastoral y prevenir que personas vulnerables terminen recurriendo a quienes actúan al margen de la autoridad y de las normas de la Iglesia.Una responsabilidad que involucra al exorcista y a su equipoEl curso amplió, además, la reflexión sobre quienes acompañan al sacerdote exorcista. La selección, formación, acompañamiento y actuación de los auxiliares fueron abordados como elementos necesarios para garantizar que todo el equipo comprenda los límites de su servicio, actúe con discreción y permanezca en comunión con la autoridad eclesial.Entre los elementos identificados durante los talleres se destacó la necesidad de fortalecer competencias relacionadas con el discernimiento, la formación doctrinal y canónica, el equilibrio humano y espiritual, el trabajo interdisciplinario y la capacidad de reconocer señales de alerta en la práctica pastoral.La reflexión sobre la cultura del cuidado incluyó también el cuidado del propio sacerdote exorcista, tanto en sus dimensiones física y psicológica como espiritual, así como la importancia de evitar actitudes de protagonismo o autorreferencialidad que puedan desvirtuar el sentido eclesial del servicio.De la reflexión a líneas de acciónUno de los aportes metodológicos del encuentro fue el trabajo desarrollado en ocho mesas, organizadas según las provincias eclesiásticas. Este ejercicio permitió compartir experiencias territoriales, reconocer desafíos comunes y plantear propuestas para fortalecer el ministerio en las distintas jurisdicciones.El análisis de las normas canónicas y la construcción de un mapa de competencias permitieron, además, trasladar las reflexiones a situaciones concretas de la práctica pastoral. Las conclusiones recogidas durante estos ejercicios serán objeto de una posterior sistematización por parte de la Conferencia Episcopal de Colombia.Para el padre Carlos Guillermo Arias, director del Departamento de Doctrina de la CEC y coordinador de la organización del curso, este proceso se inscribe en la responsabilidad de continuar ofreciendo herramientas de formación para quienes prestan este servicio en las Iglesias particulares.La proyección, de acuerdo con lo trabajado durante el encuentro, apunta a mantener una formación permanente, fortalecer la articulación entre las jurisdicciones eclesiásticas, consolidar criterios comunes de actuación y profundizar en protocolos y líneas de acción que permitan responder de manera responsable a las situaciones que llegan a este ministerio.“Es relevante seguir formándonos y ojalá tuviésemos la posibilidad de seguir formando también otro mayor número de sacerdotes”, señaló el padre Iván José Ruiz, quien insistió en que la tarea no puede reducirse a una comprensión exclusivamente espiritual de las situaciones que afectan a las personas, sino que debe considerar también las circunstancias sociales y las afectaciones a la dignidad humana.Así, el tercer curso nacional dejó como uno de sus principales desafíos hacer de la cultura del cuidado una práctica permanente del Ministerio del Exorcismo en Colombia: un servicio ejercido en comunión con el obispo, con sólida formación espiritual, doctrinal y canónica, capacidad de discernimiento, apertura al trabajo interdisciplinario y especial atención a la dignidad y protección de las personas vulnerables.Vea el informe audiovisual con los momentos y testimonios más destacados:

Dom 6 Ago 2023

Catequesis sobre el exorcismo

Aspectos importantes sobre el sacramental del exorcismoPor Pbro. Raúl Ortiz ToroDirector Departamento de DoctrinaSecretariado Permanente del Episcopado Colombiano1. El tema del exorcismo corresponde al tratado de Antropología Teológica.2. Dejando por sentada la existencia del Demonio, la acción de este sobre el hombre suele entenderse de manera ordinaria a través de la tentación, y de manera extraordinaria, a través de fenómenos no habituales como la posesión, la vejación, la infestación y la obsesión. 3. La acción ordinaria del Demonio, es decir, la tentación, que busca conducir al pecado, es más incisiva y peligrosa para la salvación humana que su acción extraordinaria, pues atenta contra la vida de gracia del bautizado ya que va dirigida únicamente a la perdición del alma. Por el contrario, la acción extraordinaria del Demonio va dirigida a la materia corporal. En este sentido, incluso un poseso podría estar en estado de gracia ya que el Demonio no puede poseer el alma sino posiblemente el cuerpo y su influencia se limita únicamente a los sentidos exteriores e interiores (imaginación y sensibilidad).4. La doctrina recta e íntegra de la Iglesia no admite conceptos como “pecado intergeneracional” o “cadenas intergeneracionales de pecado” que desplazan la responsabilidad personal por el pecado cometido (cf. Catecismo de la Iglesia Católica –1868 y 1869) a los antepasados o incluso al Demonio.5. En lugar de pecados intergeneracionales la Iglesia enseña que existe una especie de “cooperación” al mal cuando, por ejemplo, en una familia, un mal ejemplo se vuelve un pecado cometido por imitación y este en una “estructura de pecado” constituyendo un “pecado social”. Los actos humanos son personales y las consecuencias son intransferibles (cf. Ez 18,2 y Jer 31,30).6. Aparte de la posesión, la acción extraordinaria del Demonio también puede ser infestación: cuando se trata de presencia maligna en lugares, objetos y animales.7. Puede ser vejación: cuando se presentan molestias demoniacas en los sentidos externos sin llegar a poseer el cuerpo de la persona. 8. Puede ser obsesión: si son agresiones en la esfera psíquica o afección de los sentidos internos (imaginación, fantasía, memoria, sentimientos…). Puede afectar indirectamente el entendimiento y la voluntad (como sucedió a San Carlos de Sezze o a Santa Gema Galgani).9. Con respecto a la posesión diabólica, la Introducción al Ritual de Exorcismos vigente señala los siguientes signos principales (numeral 16): Hablar un lenguaje desconocido con muchas palabras o entender al que lo habla, descubrir acontecimientos distantes o secretos, mostrar fuerzas superiores a su naturaleza o edad, pero, sobre todo, mostrar aversión vehemente a Dios, a Santa María la Virgen, los santos, a la Iglesia, a la Palabra de Dios, a sus cosas, ritos, especialmente sacramentales, y a sus sagradas imágenes.10. La teología católica no admite la posesión por almas de difuntos (llamadas almas vagas, colgantes o errantes).11. El exorcismo es un sacramental (cf. Catecismo, No. 1667), es decir, un signo sagrado que no confiere la gracia sino que la dispone.12. Sobre el exorcismo solemne el Catecismo, numeral 1673 aclara: “Cuando la Iglesia pide públicamente y con autoridad, en nombre de Jesucristo, que una persona o un objeto sea protegido contra las asechanzas del Maligno y sustraída a su dominio, se habla de exorcismo. Jesús lo practicó (cf Mc 1,25-26; etc.), de Él tiene la Iglesia el poder y el oficio de exorcizar (cf Mc 3,15; 6,7.13; 16,17). En forma simple, el exorcismo tiene lugar en la celebración del Bautismo. El exorcismo solemne llamado «el gran exorcismo» sólo puede ser practicado por un sacerdote y con el permiso del obispo. En estos casos es preciso proceder con prudencia, observando estrictamente las reglas establecidas por la Iglesia. El exorcismo intenta expulsar a los demonios o liberar del dominio demoníaco gracias a la autoridad espiritual que Jesús ha confiado a su Iglesia. Muy distinto es el caso de las enfermedades, sobre todo psíquicas, cuyo cuidado pertenece a la ciencia médica. Por tanto, es importante, asegurarse, antes de celebrar el exorcismo, de que se trata de una presencia del Maligno y no de una enfermedad” .13. El Código de Derecho Canónico (canon 1172) declara: “§ 1. Sin licencia peculiar y expresa del Ordinario del lugar, nadie puede realizar legítimamente exorcismos sobre los posesos. § 2. El Ordinario del lugar concederá esta licencia solamente a un presbítero piadoso, docto, prudente y con integridad de vida”.14. La Instrucción de la entonces Congregación para la Doctrina de la Fe sobre las oraciones para obtener de Dios la curación (2000) precisa:• Art. 8 - § 1. El ministerio del exorcistado debe ser ejercitado en estrecha dependencia del Obispo diocesano, y de acuerdo con el can. 1172, la Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe del 29 de septiembre de 1985 y el Rituale Romanum.•§ 2. Las oraciones de exorcismo, contenidas en el Rituale Romanum, deben permanecer distintas de las oraciones usadas en las celebraciones de curación, litúrgicas o no litúrgicas.•§ 3. Queda absolutamente prohibido introducir tales oraciones en la celebración de la Santa Misa, de los Sacramentos o de la Liturgia de las Horas.15. Al ser el obispo el exorcista natural de su diócesis y la autoridad competente, solo él puede delegar este ministerio a uno o varios sacerdotes (no a un diácono ni a un laico), por un tiempo determinado para todos los casos, o “ad casum”, según cada circunstancia.16. La administración del sacramental del exorcismo es pública, pero reservada (no íntima) y es necesario conformar un Equipo de apoyo que ayude al exorcista en el Ministerio de discernimiento: escuchando a los posibles afectados, apoyando el diagnóstico de la acción extraordinaria del demonio con recurso a profesionales de la salud mental y física, asistiendo con la oración de intercesión y favoreciendo un seguimiento de los casos.17. Ningún sacerdote puede autodispensarse de la obligación de cumplir la disciplina canónica que limita la administración del sacramental del exorcismo al delegado episcopal. Comete doble falta si, usurpando este ministerio, solicita algún tipo de retribución económica o acepta tácitamente ofrendas por su servicio, permitiendo que se perciba entre los fieles algún tipo de negocio o transacción.18. Todos los presbíteros deben evitar caer en el riesgo de practicar exorcismos de emergencia como reacción inmediata cuando se presentan personas visiblemente afectadas. En estos casos debe esperarse a que la persona esté consciente y tenga dominio de sí para entablar un diálogo sosegado.19. Igualmente, todos los presbíteros deben evitar la simulación (exorcismos ilícitos por no tener licencia del Ordinario), la espectacularidad (práctica del Ritual en sitios públicos y con afluencia de personas, además del recurso a la impostación de la voz, movimientos extraños e histriónicos, utilización excesiva y no adecuada de sacramentales, ambientación tenebrosa, etc.), la persuasión (inducir a alguien a pensar que está poseído), el exceso de fuerza y el maltrato físico para con las personas afectadas y todo tipo de abuso de poder, de conciencia, económico y sexual que pueda darse por manipulación o aprovechamiento de las circunstancias ante una persona en incapacidad de resistir o con estado de inconciencia.20. En razón de la sensatez pastoral que debe asistir a los ministros de la Iglesia, ninguno de ellos debe dar “diagnósticos” a las personas que experimentan molestias espirituales dictaminando que su malestar es ocasionado por maleficios, brujerías, “mal de ojo” o cualquier otra causa preternatural. 21. Sobre los lugares posiblemente infestados por la acción extraordinaria del demonio no se practica el Ritual de los exorcismos ya que estos se reservan únicamente para administrarlos a las personas humanas. Los lugares pueden ser bendecidos y la acción ex opere operantis es suficiente para disponer a la gracia.22. El Ritual de Exorcismos de 1614 permitía la exorcización de los sacramentales (agua, sal, aceite, etc.), sin embargo, el nuevo Ritual de Exorcismos de 1998, inspirado en una auténtica interpretación teológica, considera que es suficiente, y con creces, la bendición y no la exorcización de los sacramentales. No debe sugerirse un uso de los sacramentales que provoque mentalidad mágica en los fieles, ni dar recomendaciones de uso a modo de recetario del tipo “tantas medidas de sal y aceite diluidas en tantas medidas de agua”.23. Si bien es cierto que solo el sacerdote a quien el Ordinario del lugar ha dado licencia peculiar y expresa para realizar exorcismos cumple esta misión eclesiástica lícita y válidamente, también se debe aclarar que todos los sacerdotes, por la potestad de orden, pueden prestar el servicio de “cura de almas” escuchando a quienes dicen experimentar molestias espirituales, invitándolos a la vida sacramental esmerada y a la conversión, y orando por ellos, ayudando así en el primer discernimiento antes de dirigir el caso al exorcista legítimamente delegado.

Lun 9 Nov 2020

Exorcismo y oración de liberación

La Conferencia Episcopal de Colombia, a través del Departamento de Liturgia, pone a disposición los Rituales del Bautismo y del Matrimonio. [tabs class="horizontal"][tab title="PRESENTACIÓN" icon="Icon name 1"] Este libro a manera de memorias es posible gracias a la realización del "curso de exorcismo y oración de liberación" que adelantó la Conferencia Episcopal de Colombia con el deseo de acompañar la formación de quienes reciben el exigente ministerio de la misericordia, ministerio del exorcizado, y así ayudar a quienes se sienten afectados de manera directa por la acción del maligno. [/tab][tab title="DETALLE" icon="icon name 2"] Autor(a): Conferencia Episcopal de Colombia a través del Departamento de Doctrina Catálogo: Idioma: Español Número de Páginas: 280 Editora:Instituto San Pablo Apóstol Año de publicación: Noviembre de 2020 Dimensiones: 17 cm x 24 cm [/tab][tab title="COMENTARIOS" icon="Icon name 1"] [/tab][/tabs] Mayores informes: PBX: 437 55 40 Ext. 264 Cel: 313 8808447 Correo electrónico: [email protected]