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praedicate evangelium

Vie 10 Jun 2022

Entra en vigor la Constitución Apostólica "Praedicate Evangelium"

A partir del 5 de junio entró en vigor la nueva Constitución Apostólica sobre la Curia Romana "Praedicate Evangelium", que institucionaliza los cambios, en gran medida, ya realizados en este organismo que ayuda al Papa en su servicio a la Iglesia universal. La reforma se produce después de la establecida por Juan Pablo II (Pastor Bonus, 1988), que a su vez modificó la promulgada por Pablo VI (Universi regimini Ecclesiae, 1967). La prioridad de la evangelización y el papel de los laicos son las principales ideas que vinculan la nueva constitución apostólica del papa Francisco con el Concilio Ecuménico Vaticano II. Las reformas -más por necesidad judicial que por elección deliberada- comenzaron por las instituciones económico-financieras de la Santa Sede. En 2014, Francisco instituyó el Consejo para la Economía, que tiene la tarea de supervisar la gestión económica y vigilar las estructuras y actividades administrativas y financieras de los dicasterios de la curia romana. Al mismo tiempo, Francisco creó la Secretaría para la Economía, que es el dicasterio de control y dirección de la curia romana, encargado de coordinar los asuntos económicos y administrativos de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano. A la Secretaría para la Economía se le transfieren ahora también las competencias en materia de personal, que hasta ahora correspondían a la Secretaría de Estado. También en 2014, el Papa encomendó al Auditor General la tarea de fiscalizar los dicasterios de la Curia Romana, las instituciones vinculadas o referentes a la Santa Sede y las Administraciones de la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano. En 2015 se efectuó la creación de la Secretaría para la Comunicación, que más tarde se convertiría en el Dicasterio para la Comunicación, que fusionó nueve entidades diferentes (desde el Pontificio Consejo para las Comunicaciones Sociales hasta los distintos medios periodísticos de la Santa Sede, desde la imprenta hasta la Librería Editorial Vaticana). A partir de 2018, el nuevo Dicasterio se confió a la dirección de un prefecto laico. En 2016 se creó el Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida, que unificó las competencias y funciones que habían pertenecido al Pontificio Consejo para los Laicos y al Pontificio Consejo para la Familia. El Dicasterio es competente en cuestiones relacionadas con la promoción de la vida y el apostolado de los fieles laicos, la pastoral juvenil, la familia y su misión, y la protección y el apoyo a la vida humana. También en 2016, el Papa creó el Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral. En él confluyen las competencias del Pontificio Consejo Justicia y Paz, el Pontificio Consejo Cor Unum, el Pontificio Consejo para la Pastoral de los Emigrantes e Itinerantes y el Pontificio Consejo para los Agentes Sanitarios (para la Pastoral de la Salud). El Dicasterio también es responsable de Caritas Internationalis. En noviembre de 2017, el Papa introdujo cambios en la Secretaría de Estado, que hasta entonces constaba con dos secciones, la de Asuntos Generales (dirigida por el Sustituto) y la de Relaciones con los Estados (dirigida por el Secretario de Relaciones con los Estados). De hecho, Francisco creó una tercera sección, denominada Sección para el Personal Diplomático de la Santa Sede, reforzando la actual oficina del Delegado para las Representaciones Pontificias. La Sección, que depende de la Secretaría de Estado, con su propio Secretario, busca expresar la atención y cercanía del Papa al personal diplomático. Se ocupa exclusivamente de los asuntos relacionados con las personas que trabajan o se preparan para el servicio diplomático de la Santa Sede. En febrero de 2022 y con un motu proprio, el papa Francisco cambió la estructura interna de la Congregación para la Doctrina de la Fe, separando claramente las competencias doctrinales y disciplinarias con la creación de dos secciones distintas, y asignando un secretario a cada una. El Cardenal Prefecto del Dicasterio pasó a tener desde entonces dos secretarios adjuntos. El objetivo de dicha reforma fue dar la debida importancia también a la sección doctrinal y a su papel fundamental en la promoción de la fe, sin dejar que la actividad disciplinaria pasara a un segundo plano, después de décadas en las que se han invertido muchos esfuerzos y recursos humanos para examinar los casos de abuso. Ninguno de los dos nuevos secretarios fue nombrado obispo. Así llegamos al 19 de marzo de 2022, con la publicación de la nueva Constitución, que engloba todo el camino descrito hasta ahora e introduce otras novedades que completan la reforma. La más importante: el primer dicasterio de la Curia es el Dicasterio de la Evangelización, que unifica la Congregación para la Evangelización de los Pueblos y el Pontificio Consejo para la Nueva Evangelización. Es una elección que indica la preocupación fundamental, dirigida al anuncio del Evangelio. La peculiaridad es que el prefecto de este Dicasterio pasa a ser el propio Papa, que considera crucial el tema de la evangelización. Estará asistido por dos pro-prefectos (uno para la sección de cuestiones fundamentales de la evangelización en el mundo, y otro para la sección de la primera evangelización y las nuevas Iglesias particulares). La segunda novedad se refiere a la unificación de la antigua Congregación para la Educación Católica y el antiguo Pontificio Consejo para la Cultura en el nuevo Dicasterio para la Cultura. Tendrá un solo prefecto. Una tercera novedad de la Constitución atañe a la Limosnería Apostólica, que era una simple oficina, y que ahora se convierte en el tercer Dicasterio de la Curia Romana llamado "Dicasterio para el Servicio de la Caridad". Una cuarta novedad es la definición utilizada para referirse a un organismo que no forma parte de la Curia Romana: lo que hasta ahora se llamaba "Secretaría General del Sínodo de los Obispos" pasa a ser simplemente "Secretaría General del Sínodo". Otro cambio que introduce la Constitución es que los jefes de dicasterio -ni siquiera los de las antiguas congregaciones- ya no tienen que ser necesariamente cardenales. Los únicos dos cardenales mencionados en Praedicate Evangelium son el Prefecto del Tribunal de la Signatura Apostólica y el coordinador del Consejo para la Economía. El Papa también estipuló que los nombramientos de cargos de clérigos y religiosos en la Curia fueran por cinco años, renovables por un segundo quinquenio, con mayor movilidad e intercambio entre Roma y las Iglesias locales. Hay un elemento significativo de la nueva Constitución destinado a condicionar, en sus desarrollos futuros, también la concreción de la vida de las Iglesias locales y sus estructuras. El papa Francisco recuerda en el preámbulo de la Constitución que "Todo cristiano, en virtud del Bautismo, es un discípulo misionero en la medida en que ha encontrado el amor de Dios en Cristo Jesús". De ahí la participación de laicos en funciones de gobierno y responsabilidad. Si "cualquier fiel" puede presidir un dicasterio o un órgano curial, "dada su particular competencia, su poder de gobierno y su función particular", es porque toda institución de la Curia actúa en virtud del poder que le ha confiado el Papa. Fuente: Agencia AICA

Dom 20 Mar 2022

El Papa promulga la Constitución Apostólica «Praedicate Evangelium»

En la solemnidad de San José, se ha promulgado la nueva Constitución Apostólica sobre la Curia Romana y su servicio a la Iglesia y al mundo «Praedicate Evangelium» (Predicad el Evangelio), que entrará en vigor el próximo 5 de junio, solemnidad de Pentecostés. Este documento es fruto de un largo proceso de escucha que comenzó con las Congregaciones Generales que precedieron al Cónclave de 2013, la nueva Constitución, que sustituye a la "Pastor bonus" de Juan Pablo II promulgada el 28 de junio de 1988 y vigente desde el 1 de marzo de 1989, consta de 250 artículos. El próximo lunes 21 de marzo, el texto será presentado en la Oficina de Prensa de la Santa Sede por el cardenal Marcello Semeraro, Prefecto de la Congregación para las Causas de los Santos, por monseñor Marco Mellino, Secretario del Consejo de Cardenales, y por el padre jesuita Gianfranco Ghirlanda, canonista y profesor emérito de la Pontificia Universidad Gregoriana. El texto, como se ha dicho, es el resultado de un largo trabajo colegial, que comenzó desde las reuniones del pre-cónclave de 2013 e implicó al Consejo de Cardenales con reuniones desde octubre de 2013 hasta el pasado mes de febrero, y continuó bajo la dirección del Papa con diversas aportaciones de las Iglesias de todo el mundo. Hay que destacar que la nueva Constitución confirma un camino de reforma ya aplicado casi en su totalidad en los últimos nueve años, a través de las fusiones y ajustes que se han producido y que han dado lugar al nacimiento de nuevos Dicasterios. El texto subraya que "la Curia Romana está compuesta por la Secretaría de Estado, los Dicasterios y los Órganos, todos ellos jurídicamente iguales". Entre las novedades más significativas contenidas en el documento está la unificación del Dicasterio para la Evangelización de la antigua Congregación para la Evangelización de los Pueblos y el Consejo Pontificio para la Promoción de la Nueva Evangelización: los dos responsables de los dicasterios se convierten en pro-prefectos, ya que la prefectura de este nuevo Dicasterio está reservada al Papa. De hecho, la Constitución dice: "El Dicasterio para la Evangelización está presidido directamente por el Romano Pontífice". Se crea también el Dicasterio para el Servicio de la Caridad, representado por la “Elemosineria”, que asume un papel más significativo en la Curia: "El Dicasterio +para el Servicio de la Caridad, llamado también “Elemosineria Apostólica”, es una expresión especial de la misericordia y, a partir de la opción por los pobres, los vulnerables y los excluidos, ejerce en cualquier parte del mundo la obra de asistencia y ayuda hacia ellos en nombre del Romano Pontífice, que en los casos de particular indigencia u otra necesidad, dispone personalmente las ayudas que se han de asignar". La Constitución Apostólica presenta, en este orden, los Dicasterios de la Evangelización, de la Doctrina de la Fe y del Servicio de la Caridad. Otra fusión se refiere a la Comisión para la Protección de Menores, que pasa a formar parte del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, continuando con sus propias normas y teniendo su propio presidente y secretario. Una parte fundamental del documento se refiere a los principios generales. El preámbulo recuerda que todo cristiano es un discípulo misionero. Entre los principios generales es fundamental la especificación de que todos -y por tanto también los fieles laicos- pueden ser nombrados para funciones de gobierno en la Curia Romana, en virtud del poder vicario del Sucesor de Pedro: "Todo cristiano, en virtud del Bautismo, es discípulo misionero en la medida en que ha encontrado el amor de Dios en Cristo Jesús. Esto no puede dejar de tenerse en cuenta en la actualización de la Curia, cuya reforma, por tanto, debe prever la participación de los laicos, también en funciones de gobierno y responsabilidad". Además, se subraya que la Curia es un instrumento al servicio del Obispo de Roma y en beneficio de la Iglesia universal y, por tanto, de los episcopados e Iglesias locales. "La Curia Romana no se interpone entre el Papa y los obispos, sino que está al servicio de ambos en la forma propia de la naturaleza de cada uno". Otro punto significativo se refiere a la espiritualidad: los miembros de la Curia Romana son también "discípulos misioneros". La sinodalidad, en particular, se destaca como una forma habitual de trabajar para la Curia Romana, un camino ya en marcha, que debe desarrollarse cada vez más. Otros aspectos contenidos en el documento son el subrayado de la definición de la Secretaría de Estado como "secretaría papal", el traslado de la Oficina del personal de la Curia a la Secretaría de Economía (Spe), la indicación de que la Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica (Apsa) debe actuar a través de la actividad instrumental del Instituto para las Obras de Religión. También se establece que para los clérigos y religiosos en servicio en la Curia Romana el mandato es de cinco años y puede ser renovado por un segundo período de cinco años, al final del cual vuelven a sus diócesis y comunidades de referencia: "Por regla general, después de cinco años, los funcionarios clericales y los miembros de los Institutos de Vida Consagrada y de las Sociedades de Vida Apostólica que han servido en las Instituciones y Oficinas Curiales vuelven a la atención pastoral en su diócesis/parroquia, o en los Institutos o Sociedades a los que pertenecen. Si los Superiores de la Curia Romana lo consideran oportuno, el servicio podrá ser prorrogado por un nuevo período de cinco años". Fuente: Agencia Vatican News Lea artículo: LA REFORMA DE LA CURIA ROMANA: UNA REFORMA SINODAL [icon class='fa fa-download fa-2x'] AQUÍ[/icon]