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Radiodifusión sonora

Mié 14 Sep 2016

Concesionarios de radiodifusión deben emitir piezas del acuerdo final: MinTic

El Ministerio de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (MinTic) emitió un comunicado dirigido a concesionarios de Radiodifusión Sonora comercial y comunitaria para que difundan las piezas comunicativas de los contenidos del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. Según se informa en el sitio web del MinTic, los contenidos estarán disponibles para su descarga y uso con el fin de que los concesionarios de radiodifusión comerciales y comunitarias puedan dar cumplimiento a lo determinado en el artículo 4 del Decreto 1398 del 01 de septiembre de 2016 que establece: DESCARGA LOS AUDIOS: Audio 1 Audio 2 Audio 3 Audio 4 "Artículo 4. Publicidad y divulgación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera a través de servicios de radiodifusión sonora. Los concesionarios de los servicios de radiodifusión sonora comercial y de radiodifusión sonora comunitaria, cederán de manera gratuita en horario prime time un espacio de cinco minutos diarios, a fin de trasmitir los contenidos del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, a través de las piezas de comunicación que para el efecto adopte la estrategia de publicación y divulgación de que trata el artículo 2 del presente Decreto. Dichas piezas comunicativas deberán transmitirse de lunes a domingo y se distribuirán los cinco minutos diarios en las siguientes franjas: de 6am a 8am, 8am a 10am, 10am a 12pm, 12pm a 16pm, 16 a 20pm. Parágrafo 1. Los concesionarios de que trata este artículo, a través de su representante legal o quien haga sus veces, tendrán la obligación de enviar un reporte semanal junto con un soporte de audio a la Agencia Nacional del Espectro ­ ANE, con el fin que dicha entidad verifique y certifique el cumplimiento de la obligación contenida en este artículo. En caso que alguno de los concesionarios no remita el respectivo reporte semanal, se presume que ha incumplido con las obligaciones establecidas en el presente artículo situación que será informada por parte de la Agencia Nacional del Espectro a la Dirección de Vigilancia y Control del Ministerio de Tecnologías de Información y Comunicaciones para lo de su competencia. Parágrafo 2. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a través de la Subdirección de Radiodifusión Sonora, deberá remitir a la Agencia Nacional del Espectro el listado de los concesionarios de los servicios de radiodifusión sonora comercial y comunitaria, para los efectos del presente artículo."